sábado, 14 de abril de 2012

La Reforma de la LOT puede desmejorar los derechos adquiridos


Presentar nuestra opinión sobre la nueva Ley del Trabajo presenta las dificultades propias de una propuesta incompleta y que no ha sido informada adecuadamente para que los trabajadores y empleadores participen.

En la Constitución del año 1.999, estableció en el numeral 4 de la Cuarta Disposición Transitoria que la reforma a la Ley Orgánica del Trabajo aprobaría un régimen de prestaciones sociales proporcional al tiempo de servicio y con base al último salario.

Después de 12 años de esta orden constitucional debemos observar que la reforma ha sido impuntual lo cual afecta severamente la posibilidad de ponerla en práctica, vale decir en palabras de los trabajadores: ¿Y como nos irán a pagar ahora nuestras prestaciones sociales?

Hay estudiosos y luchadores del tema que han apuntado en los últimos días que las prestaciones sociales irán a un fondo que manejará el Estado y que no podrá ser retirado. Los trabajadores han ido a los bancos a buscar sus prestaciones y ya existe una orden para restringir la entrega de sus derechos, por parte del Gobierno Nacional. Debemos tomar en cuenta que los cinco días que se pagan a los trabajadores actualmente no tienen nada que ver con la terminación de la relación de trabajo, es decir se produce cada mes, se va acumulando, gana intereses y se capitalizan. Constitucionalmente son derechos adquiridos y no se puede desmejorar esta salarización de las prestaciones sociales.

Como sabemos, el régimen de prestaciones sociales en Venezuela ha tenido en el pasado múltiples interpretaciones sociológicas y jurídicas, algunos la han visto como una indemnización o una previsión social, en la historia del bolsillo de los trabajadores, las prestaciones sociales fueron una manera de contar al término de la relación de trabajo con un monto de dinero suficiente para adquirir una vivienda o aportar un monto significativo si la adquiría mediante un crédito bancario, sin embargo, con las políticas salariales dirigidas a favorecer el gran capital foráneo, el salario mínimo y los aumentos de salario se dirigieron a colocar el precio del trabajo a un costo que pudiera competir con el mercado laboral venezolano. En esto han ayudado enormemente las devaluaciones a la moneda nacional.

Hoy un trabajador que tenga un salario de Bs. 2.100,00, tendría un salario diario de Bs. 70,00, si recibiera 60 días al año por antigüedad, serían Bs. 4.200,00, ello significa que necesitaría más o menos 100 años de trabajo para pagar un modesto apartamento en Guarenas y de difícil obtención en el mercado inmobiliario.

Es indiscutible, cualquiera sea el monto de los días de antiguedad/año, si se mantiene como base de salario el último salario devengado, será complicado cumplir por parte de los empleadores, menos para el Estado que podrá seguir endeudándose, ahora con los trabajadores mediante bonos de PDVSA, a un futuro, de no menos de 30 años por la colocación que ya se ha hecho anteriormente de estos deuda a futuro.

Esperamos seguir, dando ideas y orientando sobre la ventaja de los derechos adquiridos e irrenunciables. Los trabajadores deben estar alertas: Pueden ir por lana y salir trasquilados.

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